Esta tercera edición del Plan Moves de ayudas para la compra de vehículos eficientes ya se encuentra en vigor y estará vigente hasta el día 31 de diciembre de 2023, tiene como objetivo subvencionar parte de la compra de vehículos eficientes y sus puntos de carga para fomentar la movilidad eco-friendly. Este programa está dotado por 400 millones de euros ampliables hasta los 800 millones de euros.
¿Quién puede beneficiarse de este programa?
Esta ayuda va dirigida a cualquier persona que desee solicitarla, tanto si es una empresa o si es un particular y a la hora de solicitarla, dependiendo de la comunidad autónoma en la que resida deberá encargarse de solicitar dicha ayuda la empresa instaladora o él mismo. Si quieres que nos encarguemos de gestionarte y asesorarte para la subvención de tu punto de carga, ponte en contacto con nosotros.
¿Qué costes cubre el Plan Moves III?
Todo lo necesario para la instalación de los puntos de carga se considera como subvencionable, tanto el proyecto como la obra civil, los costes de ingeniería y dirección de obra y el coste de la propia infraestructura de recarga.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Debemos diferenciar dos grandes grupos a la hora de tratar el tema de qué porcentaje del gasto total nos subevencionan y es que no es el mismo porcentaje si vivimos en un municipio de menos de 5.000 habitantes que en uno de más de 5.000 habitantes.
- Para municipios de menos de 5.000 habitantes:
- Autónomos, particulares, comunidades de propietarios y administración:
- 80% de subvención.
- Empresas y puntos de carga públicos >50kW :
- 40% Grandes Empresas.
- 50% Medianas Empresas.
- 60% Pequeñas Empresas.
- Empresas y puntos de carga públicos o privados <50kW :
- 40% de subvención.
- Autónomos, particulares, comunidades de propietarios y administración:
- Para municipios de más de 5.000 habitantes:
- Autónomos, particulares, comunidades de propietarios y administración:
- 70% de subvención.
- Empresas y puntos de carga públicos >50kW :
- 35% Grandes Empresas.
- 45% Medianas Empresas.
- 55% Pequeñas Empresas.
- Empresas y puntos de carga públicos o privados <50kW :
- 30% de subvención.
- Autónomos, particulares, comunidades de propietarios y administración:
¿Existen requisitos para los puntos de carga?
Existen una serie de requisitos mínimos para las instalaciones en general y otra para las instalaciones púlicas que son las siguientes:
- Instalaciones generales:
- Instalaciones de baja tensión se realizarán de acuerdo al Reglamento ITC-BT-52.
- Alimentación monofásica o trifásica desde 230 hasta 400 VAC.
- Protecciones eléctricas que acompañen al punto de recarga.
- Instalaciones públicas:
- Mínimo un conector Tipo 2.
- Compatibilidad con el modo 3 de recarga.
- Conexión Ethernet y memoria para almacenar los datos durante dos meses.
- Compatibilidad con el protocolo OCPP v1.6 o superior.
- Identificación del usuario gracias a tarjeta RFID.
- Medición de potencia y energía utilizada por el usuario.
- Módulo de comunicación móvil 3G/GPRS.