Subvenciones fotovoltaicas: Fondos Next Generation. Desde el 2 de diciembre de 2021 está abierto el plazo de presentación de solicitud para subvenciones de energía renovables de autoconsumo. Estas siguen abiertas actualmente hasta el 31 de diciembre de 2023 o agotar fondos. Las subvenciones provienen de los Fondos Europeos Next Generation.

Dentro de las actuaciones incentivables encontramos:

 

Dentro de las actuaciones incentivables encontramos:

  • Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, fotovoltaica, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (fotovoltaica) en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
  • Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos (solo serán consideradas elegibles instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2 kWh/kW. Las tecnologías plomo-ácido no son elegibles).
  • Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo fotovoltaico, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (entidades privadas sin ánimo de lucro), con o sin almacenamiento. Estos beneficiarios deberán consumir anualmente al menos el 80% de la energía generada con la instalación fotovoltaica o eólica.

La potencia máxima subvencionable será de 5.000 kW para los programas 1,2 y 4.

  • Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector (solo serán consideradas elegibles instalaciones de almacenamiento que no superen una ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2 kWh/kW. Las tecnologías plomo-ácido no son elegibles).

¿Cuáles son las cuantías de las ayudas?

Los programas de incentivos 1, 2 y 3 se calculan como un porcentaje sobre el total de costes subvencionables. Sin embargo, para el 4 y 5, las ayudas se rigen por valores fijos que cubren parcialmente los costes subvencionables.

Gran Empresa Mediana Empresa Pequeña Empresa

Programa 1 y 2

Instalación autoconsumo. (depende de la tecnología, tamaño de empresa y potencia de instalación)

15% – 30% 25% – 40% 35% – 50%

Programa 1, 2 y 3

Instalación almacenamiento

(Si estos proyectos llevan asociado almacenamiento, las ayudas para este equipo se situarán entre el 45% y el 65% de la inversión que se realice, según el tamaño de la empresa.

45% 55% 65%

Para el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector serán subvencionables instalaciones de autoconsumo y almacenamiento posteriores al 30 de junio de 2021.

 

Los Programas 1, 2 y 4 incluyen ayudas adicionales para la retirada de amianto en cubiertas e instalación de marquesinas para proyectos solar fotovoltaicos.

 

Los Programas 1, 2, 4 y 5 establecen ayudas adicionales para instalaciones situadas en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos núcleos urbanos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes, incluidos en los objetivos de la Estrategia Nacional frente al Reto Demográfico.

Beneficiarios

  • Asociaciones
  • Federaciones y Fundaciones
  • Autónomos y/o Personas Físicas
  • Centros FP y/o Colegios
  • Cooperativas y/u otros colectivos
  • Gran Empresa
  • ONGs y otras organizaciones sin ánimo de lucro
  • Organismos Públicos
  • PyMes