¿La pegatina de la DGT es obligatoria llevarla? A medida que la implementación de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) se lleva a cabo de manera gradual en 2023, requerido por ley en las ciudades con más de 50.000 habitantes, el distintivo ambiental emitido por la Dirección General de Tráfico (DGT) adquiere una importancia cada vez mayor. Es necesario tenerlo y, en algunos casos, colocarlo en el parabrisas del vehículo.

 

 

Este distintivo medioambiental sirve para clasificar los vehículos en función de la cantidad de emisiones nocivas que tienen.

 

 

¿Cuál es la clasificación?

 

 

  • Sin etiqueta (categoría A): coches de gasolina anteriores al año 2001 y diésel anteriores a 2006.
  • Etiqueta B: turismos de gasolina matriculados entre enero de 2001 y 2005, y diésel matriculados entre enero de 2006 y agosto de 2015. Deben cumplir la normativa Euro3 si son de gasolina y las Euro 4 o 5 si son diésel.
  • Etiqueta C: gasolina matriculados a partir de enero de 2006 y diésel matriculados a partir de septiembre de 2015. Deben cumplir la normativa Euro 4, 5 o 6 en el caso de los motores de gasolina, y la normativa Euro 6 en el caso de los diésel.
  • Etiqueta ECO: híbridos con autonomía eléctrica inferior a 40 kilómetros, ya sean electrificados (microhíbridos, híbridos autorrecargables e híbridos enchufables) o por gas (GLP o GNC).
  • Etiqueta Cero: híbridos enchufables con más de 40 kilómetros de autonomía y eléctricos puros, incluidos los de autonomía extendida.

 

 

Entonces, ¿obligatorio o no?

 

 

El distintivo medioambiental de la DGT clasifica los vehículos según sus emisiones. Aunque la DGT no exige que se coloque, recomienda hacerlo ya que los ayuntamientos pueden requerirlo. Esto ya sucede en algunas ciudades españolas.

 

 

En el caso de que fuera necesario, el reglamento de vehículos indica que debe colocarse en la esquina inferior derecha del parabrisas delantero, o en cualquier lugar visible del vehículo si no se cuenta con ella, como en el caso de las motocicletas.

 

 

Por ejemplo, la ordenanza de movilidad del Ayuntamiento de Madrid establece que todo vehículo que circule o estacione dentro del municipio y cuente con el distintivo deberá mostrarlo durante la circulación y el estacionamiento.